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¿Puedo cogerme vacaciones sin avisar a la empresa con mucha antelación? Esto dice la ley

¿Puedo cogerme vacaciones sin avisar a la empresa con mucha antelación? Esto dice la ley
Las vacaciones se regulan en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que define que, "nunca podrán ser inferiores a 30 días naturales".

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