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Los permisos retribuidos con el 100% del sueldo a los que tienes derecho

Los permisos retribuidos con el 100% del sueldo a los que tienes derecho
El Estatuto de los Trabajadores recoge una serie de situaciones y días de los que dispone el trabajadorCalendario laboral 2025 en España: todos los festivos y puentes de aquí a final de año en cada comunidad Por matrimonio, mudanza o enfermedad grave. En cualquiera de esas situaciones, una duda recurrente de los trabajadores es si podrán ausentarse de sus puestos de trabajo sin que la empresa les descuente de su sueldo el dinero proporcional. En definitiva, algunos desconocen cuáles son los permisos retribuidos con el 100% de su sueldo al que tienen derecho. Esta y otras cuestiones se recogen en el Estatuto de los Trabajadores, la norma que regula las relaciones laborales entre empleados y empleadores para asegurar un trato justo y unos mínimos derechos laborales. En su artículo 37.3 se enumeran los supuestos en los que la persona trabajadora, “previo aviso y justificación”, podrá ausentarse del trabajo “con derecho a remuneración”: 15 naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho. Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si se necesita desplazamiento, el plazo se ampliará en dos días. Un día por traslado del domicilio habitual. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Es más, ese tiempo se podrá prolongar hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron Por el tiempo indispensable, para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. Algunas de estas situaciones se han vivido en los últimos meses. Por ejemplo, cuando ocurrió el apagón que afectó a todo el país, el Ministerio de Trabajo recordó a través de sus perfiles oficiales en redes sociales que “las personas trabajadoras cuentan con permisos retribuidos en caso de no poder desplazarse o desempeñar su trabajo”. Además, tras el desastre de la dana, Trabajo impulsó permisos retribuidos específicos para los afectados, en los que recoge la imposibilidad de acceder al centro de trabajo, las labores de limpieza o traslado, el fallecimiento de familiares y el cuidado y traslado de los mismos.
eldiario
hace alrededor de 7 horas
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