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Eso no es basura

La Ley 7/2022 establece una definición de residuos y subproductos que convierte en subproductos los materiales de desecho que el ciudadano cede al Ayuntamiento, previamente clasificado y concentrado. Es un error de interpretación confundir los residuos de una actividad productiva que no existe: la única actividad que realiza cada ciudadano en su domicilio es la de seguir viviendo. El Ayuntamiento dispone de suficiente personal cualificado, científico y jurídico y docente que conoce el castellano y entiende el significado de las palabras, para distinguir el residuo del subproducto. En el mejor de los casos, la tasa de basuras es nula de pleno derecho. Los envoltorios y embalajes los produce el vendedor para evitar el deterioro de la entrega del producto, pero se los endosa al comprador, salvo en el caso de electrodomésticos grandes. Antes, el cobrador de facturas iba por los domicilios y se le pagaba, No había sobres que, además, no son residuos; son materias primas para producir papel y cartón. La leche se servía a domicilio; hoy el productor la sirve envasada. En todo caso el vendedor es el productor de esos residuos. El embalaje lo pone el vendedor, pero esa tasa se le impone ilegalmente al ciudadano que no ha generado nada. Antes, el vendedor pagaba por recipiente retornado, que reusaba como materia prima, y hoy se lo vende el Ayuntamiento y sanciona al usuario que se lo regala. Los embalajes, desde los sobres a las cajas o materiales plásticos no son residuos; son subproductos según la definición del art. 4.1.a) de la Ley 2022: «Una sustancia u objeto, resultante de un proceso de producción, cuya finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, podrá ser considerada como subproducto y no como residuo, cuando se cumplan todas las condiciones siguientes». Y se cumplen todas. No «resultan de un proceso de producción», y si aun así fuera, son un subproducto, pues «la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente». El ciudadano, gratis, hace el 'trabajo de clasificación' de esos materiales del envoltorio que produce el remitente y que no van a un vertedero: ya concentrada, es una materia prima industrial que se vende. La actividad de 'separación primaria' a nivel domiciliario –y gratuita– convierte los antiguos residuos en materias primas más concentradas para obtener diversos materiales. Los chamarileros, ropavejeros y chatarreros hoy son empresas, y los antiguamente considerados residuos industriales de escombreras hoy son materias primas valiosas, una fuente de ingreso para el Ayuntamiento, que los vende a diversos empresarios. Es inadmisible que pretenda gravar al ciudadano que invierte generosamente su trabajo de preselección, y a costo nulo. No cabe gravar a quien colabora 'gratis et amore' a que esos productos, que no son residuos, se transformen en materia prima de procesos industriales de cuya venta el Ayuntamiento ya obtiene ingresos. Alfonso J. Vázquez Vaamonde . Madrid

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