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Recursos, escritos de acusación y juicio tras el verano: los posibles horizontes de la causa contra el fiscal general

El estatuto de la carrera fiscal no obliga a dimitir a Álvaro García Ortiz tras ser procesado, pero sí fuerza el cese de Pilar Rodríguez como fiscal provincial a la espera de que la pareja de Isabel Díaz Ayuso y el resto de acusaciones presenten sus escritos de acusaciónEl Supremo procesa al fiscal general por la filtración del correo de la pareja de Ayuso y le acusa sin pruebas de seguir “instrucciones” de Moncloa La causa por la filtración de un correo de la pareja de Isabel Díaz Ayuso ha terminado tras ocho meses de investigación y el juez Ángel Hurtado ha mostrado el camino del banquillo a los dos imputados: el fiscal general, Álvaro García Ortiz, y la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez. Todavía quedan varios pasos hasta que el proceso llegue a un futuro juicio y, por el camino, el debate sobre quién debe dejar su puesto tras la apertura de juicio oral: la normativa de la Fiscalía no obliga a dimitir a García Ortiz, pero sí fuerza la suspensión de Rodríguez en el Ministerio Público madrileño. El auto de procedimiento abreviado de Hurtado supuso el punto final de la investigación. Después de ocho meses de pesquisas, el magistrado entiende que hay indicios suficientes para sostener que el fiscal general se apoyó en la fiscal provincial para obtener todos los datos del caso de fraude fiscal de la pareja de Ayuso y después filtrarlos a la prensa. Concretamente, el correo con el que su abogado había confesado esos delitos, material que la Fiscalía necesitaba para ganar el “relato” y desmentir varias noticias falsas que algunos medios y el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, estaban difundiendo en la tarde del 13 de marzo de 2024. El magistrado, además de sus sospechas y las deducciones de la Guardia Civil, no aporta ninguna prueba concreta que demuestre que el fiscal general o la fiscal madrileña filtraron ese material a los medios. Tampoco pruebas que sostengan la frase con la que abre su relato de hechos: que García Ortiz actuó siguiendo “indicaciones” de la Presidencia del Gobierno, algo que hasta ahora no había afirmado en esta causa y que no ha sido una línea de investigación. Este auto de procedimiento abreviado todavía no es firme. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado y el abogado Daniel Campos, que defiende a la fiscal provincial, pueden recurrir primero en reforma ante el propio juez –con pocos visos de prosperar– y posteriormente ante la Sala de Apelaciones. Esta última es una sala de tres magistrados que, salvo pocas excepciones, ha avalado los movimientos principales del juez Hurtado en esta causa, desde los registros en el despacho del fiscal general hasta su imputación, respaldando siempre sus sospechas. En paralelo a estos recursos las partes tienen ahora diez días para informar sobre el movimiento clave de Hurtado: si se debe abrir juicio oral contra los dos fiscales imputados o si la causa debe archivarse. Lo previsible es que tanto la Fiscalía como las defensas pidan el sobreseimiento, como han hecho sin éxito hace tan solo unos días. E igual de previsible es que González Amador y el resto de acusaciones populares pidan la apertura de juicio oral y presenten sus escritos de acusación con peticiones de multa y cárcel. Hurtado ha mostrado celeridad a la hora de responder a los recursos que los dos acusados y la Fiscalía han presentado a lo largo del caso, pero los tiempos de la Sala de Apelaciones se han dilatado más y no es previsible que las alegaciones que se presenten sean resueltas antes de, al menos, unas semanas. Una vez Hurtado dicte la apertura de juicio oral es el turno del calendario: la Sala de lo Penal, cuya presidencia está pendiente de renovación, tendrá que poner fecha al hipotético juicio. Ninguna de las fuentes consultadas por elDiario.es ubica el comienzo de este proceso público, en los cálculos más optimistas, antes del próximo mes de octubre. A lo largo de la fase de instrucción han comparecido más de 20 personas entre imputados, testigos y peritos así que, en caso de repetirse la lista para el juicio, abarcaría varias sesiones en los salones del Supremo, ante un tribunal cuya composición todavía se desconoce. Los motivos para cesar a un fiscal general El auto de procesamiento del juez Hurtado dio paso a la petición unánime de la oposición, con el PP a la cabeza, para que Álvaro García Ortiz sea apartado de la Fiscalía General del Estado, una exigencia que ha tenido una respuesta igualmente unánime del Gobierno y sus socios, que creen que no debe dimitir y conservan la confianza en él y su inocencia. La normativa que regula el funcionamiento interno de la Fiscalía no recoge que una apertura de juicio sea motivo de cese para un fiscal general, pero sí conduce a la suspensión cautelar de Pilar Rodríguez en su puesto como fiscal provincial de Madrid. El artículo 145 del Estatuto de la carrera fiscal explica que será misión del fiscal general acordar “la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal”. Y cita varios supuestos que encajan con la situación de Rodríguez: cuando se dicte auto de procesamiento por cualquier delito doloso o cuando se abra juicio oral por un delito cometido “en el ejercicio de sus funciones”. Pilar Rodríguez es fiscal desde 1993 y jefa provincial de Madrid desde 2018, cuando fue designada para el cargo por la entonces fiscal general, María José Segarra. Si es finalmente suspendida de forma cautelar tras la apertura de juicio oral o tras el reciente auto de procesamiento se mantendría en esa situación hasta que el Supremo dicte sentencia y solo si es absolutoria. La normativa no recoge, sin embargo, ningún supuesto para que un fiscal general sea apartado del cargo si se ve en una situación similar, como es el caso actual de Álvaro García Ortiz. El Estatuto del Ministerio Fiscal explica en su artículo número 31 las “únicas” razones por las que un fiscal general puede ser cesado antes de que termine su mandato de cuatro años: a petición propia, por incurrir en alguna incompatibilidad, por algún tipo de enfermedad incapacitante, por el cese del Gobierno que lo nombró o, finalmente, por “incumplimiento grave o reiterado de sus funciones”. Pero no recoge ninguna previsión concreta sobre un procesamiento en una causa penal. La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), con representación en el Consejo Fiscal y acusación en este proceso contra García Ortiz y Rodríguez ya solicitó al principio del caso que el Supremo suspendiera al fiscal general de forma cautelar mientras estuviera imputado. En ese caso, para evitar que pudiera dar órdenes, como superior jerárquico, a la teniente fiscal del Supremo. El juez se negó, también cuando esta asociación pidió que se aplicasen al fiscal general los mismos motivos de cese de jueces y fiscales. “No cabe hacer una aplicación ni extensiva ni analógica de un sistema previsto en otra norma”, dijo Hurtado. Las próximas semanas, por tanto, servirán de termómetro para un futuro juicio que el fiscal general tiene difícil evitar a tenor de lo dicho por el juez y por la Sala de Apelaciones en los últimos meses. Las acusaciones presentarán sus propios escritos pidiendo condenas y está por ver si incorporan la novedad de Hurtado sobre cómo Moncloa impartía “indicaciones” para que la Fiscalía filtrara la confesión de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. También cuál será la fecha del juicio y si se acerca a la apertura del año judicial de principios de septiembre.

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