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¿Puedo solicitar el paro si tengo días de vacaciones aún por disfrutar?

¿Puedo solicitar el paro si tengo días de vacaciones aún por disfrutar?
Hay que esperar a que se agote ese periodo y luego se abrirá un plazo de 15 días hábilesLa 'ayuda' del SEPE para los opositores: así puedes acceder al temario y material de estudio actualizado y gratis El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con mecanismos para proteger a los trabajadores que pierden su empleado de forma temporal, definitiva o que vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un 10 % y un 70 %. Se trata de una prestación contributiva con la que podrán percibir unos ingresos mínimos durante un tiempo, más conocida como paro.  Sin embargo, para solicitar el paro hay que cumplir una serie de requisitos, como tener 360 o más días cotizados. Y también hay que tener en cuenta una serie de consideraciones. Por ejemplo, los plazos que se establecen para su solicitud, porque no podremos pedirlo si aún quedan días de vacaciones por disfrutar.  Según explica el SEPE en su página web, si el trabajador se queda en paro y le quedan días de vacaciones por disfrutar, no puede solicitar su prestación contributiva todavía porque aún no se considera que haya quedado en “situación legal de desempleo”, requisito indispensable para tener derecho a la prestación por desempleo. “La situación legal de desempleo se produce tras el período de vacaciones que no has disfrutado y que la empresa te ha pagado en la liquidación o finiquito, periodo en que sigue siendo obligatoria la cotización a la Seguridad Social”, detalla el servicio dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social.  Una vez transcurrido ese periodo y hayamos consumido los días de vacaciones pendientes del empleo anterior, la persona tendrá un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación contributiva (paro). Cabe recordar que para hacerlo hay que darse de alta previamente como demandante de empleo en el servicio de empleo de la comunidad autónoma. ¿Cómo solicitar el paro? La solicitud hay que presentarla en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado o a la finalización del período equivalente a las vacaciones. Se puede presentar mediante varias vías: La sede electrónica del SEPE. En la oficina de prestaciones pidiendo cita previa. En cualquier oficina de registro público. Por correo administrativo.
eldiario
hace alrededor de 17 horas
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