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El Supremo da margen a las empresas que despidieron sin oír al trabajador y precisa que no es aplicable a casos anteriores a noviembre de 2024

El Supremo da margen a las empresas que despidieron sin oír al trabajador y precisa que no es aplicable a casos anteriores a noviembre de 2024
El alto tribunal aclara que la doctrina anterior a la fijada en dicha fecha no exigía el cumplimiento de dicho requisito, fijado en el Convenio número 158 de la Organización Internacional del Trabajo
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hace alrededor de 6 horas
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