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Consumo abre una investigación a las empresas como Uber y Cabify por sus subidas de precios tras el apagón

Consumo abre una investigación a las empresas como Uber y Cabify por sus subidas de precios tras el apagón
Este tipo de prácticas pueden suponer una infracción grave de la normativa, con sanciones de hasta 100.000 euros o hasta seis veces el beneficio ilícito obtenidoConsumo avisa que el precio en servicios tipo Booking o Uber no pueden subir en comunidades en emergencia por el apagón El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto expediente informativo para investigar las potenciales subidas de precios de las empresas de VTC, de alquiler de coche con conductor, que han sido denunciadas por los usuarios en aquellas comunidades autónomas que declararon la emergencia nacional u otro tipo de emergencia de protección civil, tras el apagón de este lunes. Una práctica, recuerda el Ministerio, que está prohibida por la normativa vigente. Unos servicios de VTC que engloba la actividad que prestan compañías como Uber o Cabify. “El Gobierno, a petición del ministro de Consumo”, Pablo Bustinduy, “aprobó tras la DANA una modificación normativa para fijar que las empresas que usan precios dinámicos personalizados no puedan subir los precios como consecuencia de un aumento de demanda en un contexto de urgencia, riesgo o necesidad de la persona consumidora durante todo el tiempo que se mantenga vigente la declaración de alerta”, indica el Ministerio. “En aquellas comunidades donde se decretó la emergencia de interés nacional, u otro tipo de emergencia de protección civil, el aumento de precio motivado por el aumento de la demanda, en sistemas de precios personalizados, supondría una infracción grave de la normativa de consumo, con sanciones de hasta 100.000 euros o hasta seis veces el beneficio ilícito obtenido”, añade. Horas después del apagón, Consumo publicó una guía de actuación para los consumidores donde ya recogía que “los contratos celebrados a distancia o fuera del establecimiento comercial en los que se produzca una personalización del precio, como puede ser el caso de los servicios de hospedaje” (...) esta “no podrá suponer un incremento del precio final de venta derivada de un incremento de la demanda como consecuencia de esta emergencia hasta que el fin de la misma sea decretada”. Esta situación afecta a las comunidades autónomas donde se declaró emergencia de interés nacional. En concreto, en los territorios de Andalucía, la Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Región de Murcia y Comunitat Valenciana.
eldiario
hace alrededor de 5 horas
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