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Peinado muestra el camino del segundo banquillo a Begoña Gómez por cuatro delitos de los que no ha reunido indicios

Peinado muestra el camino del segundo banquillo a Begoña Gómez por cuatro delitos de los que no ha reunido indicios
La investigación no encuentra pruebas sólidas de los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiacion indebida que el juez pretende trasladar a un jurado popular Peinado copia y pega de una revista jurídica la argumentación de su auto sobre Begoña Gómez y Pedro Sánchez El juez Juan Carlos Peinado acordó la semana pasada derivar ante un segundo jurado popular la parte principal de la investigación abierta contra Begoña Gómez, en la que indaga en su actividad en la Universidad Complutense y sus relaciones con el empresario Juan Carlos Barrabés. El magistrado ha citado este lunes a la esposa del presidente del Gobierno, a su asesora en la Moncloa, Cristina Álvarez, y a Barrabés para comunicarles formalmente que si finalmente se sientan en el banquillo por los cuatro delitos que les atribuye será un tribunal formado por ciudadanos quien determine si es o no culpable.  Días antes, el magistrado había decidido dirigir hacia esta misma vía la parte de la causa centrada en la supuesta malversación por las labores realizadas por la asesora de la Moncloa que asiste a la mujer del presidente del Gobierno. La decisión de anticipar un segundo posible juicio con jurado popular es el último movimiento del juez en las pesquisas que abrió hace casi un año y medio tras recibir una denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias sustentada en informaciones de prensa, algunas directamente falsas.  Al margen de la citada malversación, la pieza principal acumula varias ramificaciones sin que en la investigación conocida hasta ahora consten pruebas de los delitos de corrupción en el sector privado, tráfico de influencias, apropiación indebida e intrusismo que investiga el magistrado, en los que considera “fundamental” la “relación de parentesco” con el jefe del Ejecutivo. De hecho, en el sumario se agolpan los documentos y testimonios que descartan las sospechas del magistrado, que ha ido expandiendo la causa apoyado en las acusaciones de extrema derecha mientras la Fiscalía ha llegado a acusar al magistrado de actuar con “gran sonoridad” pero sin “respaldo jurídico”. Corrupción y tráfico de influencias La denuncia que dio origen a la causa acusaba a Begoña Gómez de beneficiar al empresario Juan Carlos Barrabés, un conocido emprendedor del sector de Internet adjudicatario de contratos públicos que colaboraba en la cátedra que ella codirigía en la Universidad Complutense. Según Manos Limpias, el empresario y la UTE de la que participaba se vieron beneficiados en un contrato de 8,3 millones por las “cartas de recomendación” que recibió de la mujer del presidente.  En realidad, Begoña Gómez, como codirectora de esa cátedra, firmó una declaración de interés que Barrabés presentó en ese concurso, donde acreditaba que el máster que ella dirigía iba a colaborar con el programa de formación al que optaba Barrabés. Era una carta tipo: idéntica a la que firmaron 32 personas más. Entre otras, la directora de la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid. La UCO no halló “elementos diferenciadores” que apunten a que las adjudicaciones de Red.es a Barrabés se hubieran valorado de forma distinta a otros expedientes semejantes por el “impacto” de esas cartas, aunque la Audiencia Provincial sí avaló seguir adelante con las pesquisas.  La Fiscalía Europea acabó asumiendo esa parte de la investigación al constatar que los contratos habían sido financiados en parte con fondos europeos. Un informe de la Intervención conocido esta semana detalla las múltiples irregularidades en el sistema de contratación usado por Red.es en el contrato adjudicado a Barrabés, pero no recoge prueba alguna de que la carta firmada por Begoña Gómez influyera en la adjudicación.  Cuando perdió el control de esa parte de las pesquisas al hacerse cargo la Fiscalía Europea, Peinado optó por investigar si Begoña Gómez podría haber tenido algún tipo de influencia en los otros contratos públicos con distintas administraciones que obtuvo una empresa de Barrabés por 21 millones de euros. Por el momento, no ha aflorado ningún indicio de que la esposa del presidente interviniera en esas licitaciones. En un escrito reciente, la defensa de Begoña Gómez afirma que analizar todos los contratos de Barrabés con distintas Administraciones Públicas es “una investigación ciertamente exorbitante que roza las notas propias de una investigación prospectiva”. “Es algo similar a si en relación con la comisión de un delito de falsedad documental por parte de un ciudadano se investigara todos los documentos emitidos por el mismo para determinar si otros delitos de falsedad han podido ser cometidos”, escribe su letrado, Antonio Camacho.  Uno de los últimos escritos de la Fiscalía aportados al sumario trata de rebatir también el mantra de los “negocios privados” de la mujer del presidente del Gobierno al que aluden de forma insistente las acusaciones de extrema derecha que sustentan la causa. El fiscal cifra en 40.000 euros el dinero que Begoña Gómez cobró en una década, entre 2012 y 2022, como codirectora de un curso y dos másteres en la Complutense. De ellos, 8.123 los percibió en los años previos a que Pedro Sánchez llegara a la Presidencia del Gobierno, en 2018. Por la cátedra, que es la actividad de la que derivan parte de las investigaciones del juez Peinado, no recibía remuneración alguna.  Apropiación indebida En relación con su actividad profesional en la Complutense, el juez admitió en octubre de 2024 una querella de la asociación ultra HazteOir. La querella acusaba a Begoña Gómez de apropiarse de un software que fue desarrollado gratuitamente para la cátedra y el máster de Transformación Social Competitiva que codirigió en la Complutense entre 2020 y 2022. Por el juzgado han pasado más de una decena de responsables de la universidad y directivos de tecnológicas y del Ibex que patrocinaron la cátedra y sus testimonios no han corroborado esas acusaciones.  La herramienta fue sufragada con fondos de Indra (128.442 euros) y Google (110.000 euros). Pero, al menos hasta la fecha, las acusaciones no han podido probar que Gómez hiciera negocio con ese software. Tampoco que las empresas que la financiaron hayan conseguido trato preferente alguno en sus relaciones con la Complutense.  La defensa de Begoña Gómez viene alegando que el término Transformación Social Competitiva fue ideado por ella y que propuso a la Complutense que fuera utilizado en la cátedra y alguno de los másteres que impartía. El abogado Antonio Camacho afirma en uno de sus últimos escritos que solo registró el logo de la página web para evitar que fuera incorrectamente utilizado. En la investigación ha quedado acreditado que nunca registró esa marca en el Registro de la Propiedad Intelectual. Y también consta un correo, del 7 de septiembre de 2022, en el que desde la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Complutense se le daban indicaciones sobre el registro de la web que daría acceso a esa herramienta gratuita.  La Fiscalía, por su parte, cree que esta acusación se ha “desvanecido” como consecuencia de los correos que constan en el sumario y que “ponen de relieve las explicaciones de cómo se tenía y cómo se quería registrar [el software] y los trámites iniciados”. “No se ha apropiado de ningún software. No existía ningún ánimo de lucro”, escribe el fiscal José Manuel San Baldomero, que recuerda que en el convenio de la cátedra figura que la creación de ese software era una de las “ideas principales” de la cátedra. El software era una herramienta tecnológica para que las empresas, especialmente las pymes, pudieran integrar el impacto social y ecológico en su estrategia de negocio.  Intrusismo HazteOír también acusó a Begoña Gómez de un delito de intrusismo por supuestamente haber redactado y firmado pliegos para un contrato de servicios a la cátedra relacionado con esa misma herramienta tecnológica sin tener la titulación técnica requerida. Sin embargo, en la causa ha quedado acreditado que fueron responsables de la Complutense y el propio gerente quienes indicaron que esos pliegos debían ser firmados por un responsable de la cátedra. Además, la Interventora de la Complutense declaró que, de acuerdo a la normativa, Begoña Gómez era la que tenía que firmar los pliegos dado que era jefa del departamento.  “Ni parece un caso de índole penal y no existe elemento doloso por ningún lado, pareciendo a lo sumo una irregularidad administrativa”, sostiene el fiscal. También en uno de sus últimos escritos, la defensa de Begoña Gómez recuerda que están aportados a la causa diversos correos electrónicos remitidos por responsables de la Universidad por los que se insta a la mujer de Pedro Sánchez a que se firmen los citados pliegos de prescripciones técnicas con cierta prontitud, ya que terminaba el año natural y ello podía tener problemas desde el punto de vista presupuestario. 

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