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Hacia la extinción (por la vía fiscal)

En España, de forma general, las familias no pueden deducirse los gastos en sanidad privada: seguros, médicos, tratamientos, hospitalizaciones… nada. Sólo los autónomos pueden deducirse el seguro médico privado con un tope máximo anual y sólo en algunas comunidades se admiten otras deducciones, siempre con límites muy específicos. Tampoco, por supuesto, pueden deducirse los costes de la educación privada: no son desgravables las matrículas, ni los costes de materiales y libros de texto. Igualmente, las actividades extraescolares, salvo excepciones en algunas comunidades muy concretas y limitadas, tampoco son desgravables. Mucho menos es deducible la inversión de enviar a un hijo a estudiar fuera, aunque sea a una universidad pública. El Estado no perdona un euro de los gastos académicos, de... Ver Más
abc.es
hace alrededor de 1 mes
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