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Confianza en la Justicia

La defensa de la independencia judicial y el respeto a las decisiones de los jueces son elementos esenciales de la convivencia democrática, que se basa en el cumplimiento de la legalidad. Por tanto, no admiten excepciones ni grados, tampoco dobles discursos que hagan bueno o malo a un juez por la afectación positiva o negativa que tengan sus resoluciones con los intereses políticos que estén implicados en el proceso. Este es el criterio que se ha defendido y se defiende en estas páginas editoriales con todos los procedimientos penales que centran actualmente la atención de la clase política y de la opinión pública. Y es el criterio que merece la actuación de la juez de Catarroja que investiga las posibles responsabilidades penales por las más de doscientas muertes causadas por la dana de octubre pasado en Valencia. Los jueces tienen encomendada una función constitucional imprescindible para la vigencia del Estado de derecho: aplicar la ley con las consecuencias que la propia norma prevea. Por eso, la confianza de los ciudadanos en los jueces se resiente con los ataques a su imparcialidad, como bien ha recordado la Comisión Europea al gobierno de Pedro Sánchez. Lo exigible en el no siempre fácil equilibrio entre el respeto a las decisiones judiciales y la libertad de información, es saber transmitir que una cosa es cuestionar la motivación de un juez, algo extremadamente peligroso, y otra, valorar sus decisiones desde una perspectiva técnica y puramente informativa. Desde este segundo ángulo puede y debe ser considerado el polémico auto con el que la juez de Catarroja critica duramente el informe que ella misma encargó a la Unidad Central Operativa. Es cierto que, en ocasiones, los informes de la UCO, como los de la UDEF de la Policía Nacional, contienen juicios de valor que exceden lo puramente técnico o pericial. En estos casos, lo normal es que el juez que recibe el informe ignore esas valoraciones o las prive de relevancia. También es usual que el instructor del caso, como director de la investigación, se interese por el desarrollo del informe y se anticipe a sus posibles desviaciones. Lo que no es usual es que la misma juez que pide a la UCO un determinado informe, luego dedique una resolución judicial a descalificar el método y las conclusiones. Menos aún, a hacerlo con unas afirmaciones innecesariamente agresivas, sabiendo que no va a tener réplica. Es legítimo que la instructora de la tragedia de la dana tenga ya fijadas sus propias conclusiones sobre el caso, pero eso no da base suficiente a semejante grosor de críticas a una unidad policial que, con mayor o menor acierto, ha considerado pertinente abrir una línea de investigación sobre la, al parecer intocable, Confederación Hidrográfica del Júcar, entidad responsable de gestionar y mantener el cauce del barranco por donde discurrió la avenida de agua causante de la tragedia. Esta apreciación no es incompatible con el respeto a la autonomía de la instructora, puesto que ella actúa dentro de un sistema basado en el principio de contradicción que largamente ha demostrado su eficacia. Si alguna de las partes considera que la instructora ha desenfocado el camino de la investigación, siempre cabe la posibilidad de recurrir a la Audiencia Provincial, la cual puede ratificar o corregir el rumbo de la misma. Recientemente, el Supremo ha rechazado la petición del juez Peinado de investigar al ministro Félix Bolaños en el caso Begoña y le ha afeado pretenderlo sin fundamentación. La confianza en el sistema no se basa en la actuación de tal o cual parte, sino en el resultado final que es generar un veredicto que se acerque lo más posible a la Justicia.

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