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Valorar las vacaciones: dos retos, para empezar

Valorar las vacaciones: dos retos, para empezar
¿Están sobrevaloradas las vacaciones? No lo creo, son muy importantes. Pero también se han convertido en objeto de propaganda personal y social que muchos transmiten en sus redes sociales En pleno mes de agosto, cuando gran parte –pero no todos– disfrutamos de nuestras vacaciones, ha surgido una polémica, que no debate profundo, sobre las vacaciones. Una polémica que aún persiste, aunque con menor intensidad, dado que, como es evidente, la mayoría de sus partícipes están de vacaciones y que todo lo que sube termina por bajar. Fue hace unos diez días, cuando unas palabras de Alberto Núñez Feijóo agitaron el ambiente. Unas palabras dichas al final de una comparecencia ante la prensa, al dirigirse a quienes no pudieran descansar, diciendo “que sepan que las vacaciones están sobrevaloradas”. Frase que, como todo el mundo sabe, se ha comentado hasta la saciedad en todas las tertulias de los medios de comunicación. Yo, la verdad, me lo tomé, no tanto a broma, sino como un intento de animar a quienes no iban a poder disfrutar de las vacaciones, al menos en estas fechas. Pero, como se ha visto, interpretaciones ha habido muchas o, más bien, dos: una a favor y otra en contra, como ocurre hoy en este país con casi todo. Al hilo de esta frase ha habido algunas reflexiones de interés y otras muy interesadas sobre la esencia de las vacaciones –laborales–, la conquista que supuso para la clase trabajadora y su irrenunciabilidad. Por supuesto, sí a todo. No puede ser de otra manera a la luz de nuestra historia. Basta recordar nuestra infancia –al menos la mía– en la que nuestros padres y madres tenían unas vacaciones de tan sólo quince días. Y tampoco puede ser de otra manera si tenemos en cuenta el Derecho español hoy vigente. Comenzando por la Constitución, cuyo artículo 40.2 determina que los “poderes públicos (…) garantizarán (…) las vacaciones periódicas retribuidas”, por lo que no cabe duda alguna acerca de la relevancia del derecho a las vacaciones, de las que la Sentencia del TC 324/2006 afirmó que constituyen “núcleo irrenunciable de los derechos propios de un Estado social”. Previsión constitucional desarrollada en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que quienes trabajamos sabemos que determina un período de vacaciones anuales de duración no inferior a treinta días naturales, además de reiterar la previsión constitucional de que serán retribuidas y concretar que no serán sustituibles por compensación económica. Se consagra así el sagrado derecho a las vacaciones, hasta el razonable punto de que también se prevé en dicha norma la prohibición de sanciones a los trabajadores consistentes en la reducción de la duración de las vacaciones. Continuando por la legislación internacional que rige en España – Convenios de la OIT: 132 para los trabajadores en general y 146 para la gente de mar–, clave para completar los vacíos que el demasiado parco artículo 38 del ET nos deja respecto a cuestiones de tanta enjundia como el modo de retribuirse las vacaciones o su duración proporcional si se ha trabajado un período inferior a un año, distinguiendo supuestos como la incapacidad temporal, la maternidad y similares, lo que ya ha sido acogido en nuestra legislación. Sin olvidar tampoco la normativa de la UE y, en particular, la Directiva 2003/88, que también contribuye a colmar las lagunas de nuestra legislación interna. Normas internacionales y comunitarias a las que los tribunales españoles han de acudir frecuentemente para resolver controversias como las antedichas. Pero, ojo, se trata del derecho a vacaciones retribuidas, un período a disponer por la persona trabajadora, no vinculable directa y necesariamente al descanso o, más bien, un período en el que no existe obligación de descanso en relación con la prestación laboral que vienen realizando para su(s) empleador(es). En este sentido es de extraordinario interés recordar la Sentencia del TC 192/2003, que argumentó que “la vinculación entre vacaciones y descanso no es única ni exigible, de modo que el período vacacional legalmente previsto es un tiempo caracterizado por la libertad del trabajador para la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida”, por lo que se permite prestar trabajo para otro empresario durante las vacaciones –o, añado yo, hacer lo que a cada cual le convenga aunque suponga un mayor desgaste físico y psíquico que el trabajo mismo–. De modo que se garantizan las vacaciones remuneradas, pero no el descanso, todo ello a decisión de la persona trabajadora. O lo que es lo mismo, no puede el empresario exigir al trabajador que utilice el tiempo de vacaciones para recuperar sus fuerzas y energías y rendir adecuadamente cuando se reincorpore a la actividad laboral, pues ello, en palabras del TC, “supone reducir la persona del trabajador a un mero factor de producción y negar, en la misma medida, su libertad, durante aquel período, para desplegar la propia personalidad del modo que estime más conveniente”, y que una concepción distinta “resulta incompatible con (…) la dignidad de la persona y el libre desarrollo de su personalidad”. No es, desde luego, una situación deseable la de que se tenga la necesidad de utilizar el tiempo de vacaciones o el descanso diario o semanal para trabajar para otro empleador, pero no cabe duda de que hay demasiadas personas impelidas a hacerlo. Pero, sea necesidad o sea deseo, lo cierto es que ello no puede ser impedido por los empresarios. Derecho que no alcanza a todo el mundo, pues no alcanza a los trabajadores autónomos ni, claro está, a quienes trabajan de manera irregular. Algo que, en el caso de los primeros, debiera ser objeto de profunda reflexión a fin de arbitrar medidas que garanticen un mínimo período vacacional retribuido para esos más de 3,3 millones de personas, tal como se ha regulado, por ejemplo, la prestación por cese de actividad. Éste es el primer reto. Derecho que, desde luego, no alcanza a quienes carecen de los medios para que las vacaciones –si las tuvieran– sean un período no solamente de “no trabajo” sino de disfrute. Y aquí viene el segundo reto. Un disfrute que no tienen muchas niñas y niños, no en familia. Cierto que hay una amplia oferta pública de colonias, campamentos y similares, al menos en Euskadi, donde yo resido, y me consta que es similar en otras Comunidades Autónoma. Y también es cierto que los precios son fijados en función de los ingresos familiares, por lo que, por poner un ejemplo, en Gipuzkoa, las familias con ingresos familiares inferiores a 14.000 euros o perceptoras de prestaciones públicas de subsistencia pagarían 21 euros por un campamento de siete días frente a su cuota ordinaria, que es de 224 euros. Un esfuerzo colectivo que merece realmente la pena y que es obligado. Como lo es respecto a las personas jubiladas con los viajes del IMSERSO –aunque yo sigo sin comprender en absoluto que se financie, siquiera en una parte, el ocio de personas con rentas altas, habiendo otras necesidades más acuciantes también en este terreno–, si bien hay que reconocer que, ¡y ya era hora!, se han fijado recientemente para la próxima temporada cuotas de 50 euros para las personas con recursos económicos iguales o inferiores al importe de las pensiones no contributivas. Ahora bien, los menores de familias vulnerables podrán, en su caso, disfrutar de colonias y campamentos, pero no van a disfrutar seguramente de vacaciones familiares. No podrán guardar en sus mentes y en sus corazones esos maravillosos recuerdos de la playa, el campo o el pueblo junto a sus padres y hermanos. Siempre asociarán, indebidamente, el disfrute vacacional con personas ajenas y nunca con quienes más los quieren. Y, aunque carezco de conocimientos de psicología, a mí esto siempre me ha parecido cruel y profundamente injusto. Propongo –aunque sé que no es éste el foro adecuado, desde luego– que los poderes públicos hagan un esfuerzo por solventar esta injusticia y que fomenten de manera eficaz el disfrute vacacional familiar –además de las colonias infantiles antedichas– para quienes no pueden hacerlo por sus propios medios, que son demasiadas personas –cada vez más, según sabemos–. Hay medios para ello. Hay que convencerse de ello y, tal como se fomentan y sostienen los viajes del IMSERSO, hay que organizar un programa de vacaciones para las familias vulnerables en las que haya descanso y disfrute compartidos. Es un tema complejo y que requerirá mucho esfuerzo, dedicación y medios económicos, incluso para retribuir expresamente el descanso de quien no puede permitirse el lujo de descansar del trabajo para que pueda disfrutar con los suyos. Sería una apuesta maravillosa y debida a muchas personas, una acción política que las hará felices –al menos un poco felices– y que es de toda justicia. Y, volviendo al principio: ¿están sobrevaloradas las vacaciones? No lo creo, son muy importantes, como hemos visto. Pero también sé que se han convertido en objeto de propaganda personal y social al utilizarse a diario por muchísimas personas para transmitirlas en, por ejemplo, sus redes sociales, algo de lo que no están alejadas quienes se dedican a la alta política. Basta comprobarlo estos días, en los que sabemos dónde, cómo y con quién las disfrutan ministros y ministras y otros, además de personas solamente conocidas en algunas redes sociales. ¿Es necesario todo esto? Lo dudo, pero es revelador que las vacaciones son un elemento de exhibición, además del deseable disfrute personal, un disfrute al que todas las personas y familias deben poder acceder. Mientras esto no sea así, todo alarde vacacional es hiriente y, sí, supone dar excesivo valor a algo que no todo el mundo puede disfrutar.

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