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¿Mixta o diferenciada? Las dos

En los últimos años, el debate educativo en España se ha visto marcado por una polarización ideológica que afecta también a la forma en que se organizan los centros escolares. La educación diferenciada por sexo, también conocida como 'single-sex education', ha sido objeto de críticas por parte de algunos sectores que la presentan como un modelo 'segregador', retrógrado o incluso discriminatorio. Sin embargo, esta visión no solo carece de rigor académico, sino que también entra en contradicción con las recomendaciones y sentencias de organismos internacionales que avalan su legitimidad, siempre que se garantice la igualdad de calidad educativa. Lo cierto es que, más allá del debate político, la evidencia científica no ha demostrado que un modelo (mixto o diferenciado) sea inherentemente superior al otro. Lo que sí encontramos en la literatura científica son matices relevantes que apuntan a que, en determinadas etapas del desarrollo y contextos culturales, la educación diferenciada puede ofrecer beneficios concretos, sin que ello suponga una merma en los principios de igualdad ni en los derechos fundamentales. Una de las acusaciones más frecuentes contra la educación diferenciada es que se trataría de un modelo 'segregador'. Esta acusación, sin embargo, no se sostiene si se examinan con detalle los criterios jurídicos internacionales. En su sentencia de 2006 (caso Parents Involved in Community Schools vs. Seattle School District), el Tribunal Supremo de Estados Unidos estableció que la educación diferenciada, cuando ofrece los mismos estándares académicos para ambos sexos, no constituye una práctica discriminatoria, siempre y cuando se preserve la libertad de elección de las familias y se garantice la igualdad de oportunidades. En el ámbito internacional, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas también ha considerado que la educación diferenciada no es, en sí misma, contraria al principio de igualdad, siempre que esté basada en criterios pedagógicos razonables y que no imponga barreras al acceso ni al desarrollo académico. En la misma línea, la Convención de la Unesco contra la Discriminación en la Educación permite modalidades de enseñanza diferenciada si responden a una elección libre y se ofrecen en condiciones de igualdad. Estas resoluciones coinciden en una premisa clave: no hay discriminación si no hay trato desigual en cuanto a contenidos, recursos, oportunidades o expectativas. De ahí que calificar la educación diferenciada como 'segregadora' sea una simplificación ideológica más que una afirmación jurídica o pedagógica sólida. Desde el punto de vista científico, numerosos estudios han intentado comparar los efectos de la educación diferenciada y la educación mixta sobre el rendimiento académico, el bienestar emocional y el desarrollo social de los alumnos. La realidad es que los resultados son, en su mayoría, inconcluyentes o contextualmente dependientes. Una revisión realizada por la American Psychological Association (APA) en 2014 concluyó que la investigación existente no permite afirmar de manera categórica que uno de los dos modelos sea superior al otro. En cambio, el informe destacó la importancia de variables como el liderazgo educativo, la calidad docente, el clima escolar o la implicación familiar como factores mucho más determinantes del éxito escolar que la estructura del aula según el sexo de los estudiantes. Otros estudios, sin embargo, sí han detectado beneficios específicos de la educación diferenciada en ciertas etapas del desarrollo. Así lo sugiere la investigación del doctor Leonard Sax, fundador del National Association for Single Sex Public Education (Nasspe), quien ha documentado cómo los ritmos de maduración cerebral, las preferencias de aprendizaje y las motivaciones pueden diferir entre chicos y chicas durante la infancia y la adolescencia temprana. Según Sax, cuando se adaptan los métodos y materiales didácticos a estas diferencias se observan mejoras en la participación, la autoestima y el rendimiento. En países como Reino Unido, Australia o Canadá, la educación diferenciada ha sido experimentada en centros públicos sin que ello suponga una ruptura con los principios de equidad. Algunos informes incluso han señalado que, para ciertos grupos sociales –como adolescentes en situación de vulnerabilidad o chicas en entornos con baja representación femenina en Ciencias–, la educación diferenciada puede generar espacios de empoderamiento académico. La Constitución Española, en su artículo 27.3, reconoce explícitamente el derecho de los padres a elegir la formación moral y religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones. Esta libertad de elección, por analogía, se extiende también a aspectos relevantes del proyecto educativo, entre los que se encuentra la organización pedagógica del centro. Reducir la oferta educativa a un único modelo –presentado como el único legítimo o 'progresista'– atenta contra la pluralidad y la libertad de enseñanza. El principio de subsidiariedad educativa establece que el Estado no puede suplantar a las familias en la toma de decisiones que afectan directamente a la educación de sus hijos, salvo que exista una causa objetiva y demostrable de perjuicio. ¡No, los hijos no son del Estado! Por tanto, en lugar de deslegitimar la educación diferenciada desde postulados ideológicos, lo sensato sería garantizar que existan ambas opciones en condiciones de igualdad y dejar que sean las familias quienes decidan. Esta postura no solo es más democrática, sino también más coherente con los tratados internacionales sobre derechos educativos y con una visión pedagógica basada en la diversidad. El debate entre educación mixta y/o diferenciada no debería convertirse en un campo de batalla ideológico. Ambas modalidades tienen sentido dentro de una sociedad plural y ambas pueden aportar beneficios si se desarrollan con calidad, respeto a los derechos y compromiso con el alumnado. La investigación no ha cerrado el caso, aunque algunas tendencias políticas lo hayan hecho, ni se puede concluir que una forma de organizar la escuela sea superior de manera universal. Por el contrario, los matices que aporta la ciencia nos invitan a no caer en reduccionismos. Lo que sí está claro es que la libertad de elección educativa es un derecho fundamental. Y ese derecho incluye también la posibilidad de optar por un centro que apueste por la educación diferenciada, sin que ello suponga discriminación alguna. Negar esta opción no es progresista, es restrictivo. Porque educar en libertad no es imponer un modelo único, sino permitir que cada familia encuentre el que mejor se ajusta a sus convicciones y necesidades.
abc.es
hace alrededor de 7 horas
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